La FBMCyL hace público el protocolo que regula la suspensión, aplazamiento o reprogramación de los partidos programados para los días 24 y 25 de enero de 2026.
23/01/2026
La Federación de Balonmano de Castilla y León informa a los deportistas y oficiales de los equipos participantes en las competiciones territoriales, así como a los árbitros que los dirigen y a los anotadores/cronometradores que los auxilian en su labor, que ante las nevadas previstas para este fin de semana en Castilla y León y con el fin de garantizar la seguridad en los desplazamientos y el normal desarrollo de la competición, se adopta puntualmente -para los días 24 y 25 de enero de 2026- el siguiente protocolo el cual tiene como finalidad regular la suspensión, aplazamiento o reprogramación de los partidos de balonmano organizados bajo el ámbito de la Federación de Balonmano de Castilla y León (FBMCyL):
1ª) Situaciones que justifican la suspensión.
Se podrá suspender un partido cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Nevadas intensas que dificulten o imposibiliten los desplazamientos.
- Presencia de hielo o nieve en: accesos a pabellones; zonas exteriores de evacuación; aparcamientos; carreteras con restricciones, cortes o recomendaciones oficiales de no circular; alertas meteorológicas emitidas por organismos oficiales (AEMET, Junta de Castilla y León, DGT); e imposibilidad de garantizar la seguridad de jugadores/as, árbitros/as, oficiales de mesa o público.
2ª) Autoridad para la decisión.
La suspensión podrá ser acordada por:
- La FBMCyL o el órgano delegado de la competición (antes del partido)
- El árbitro principal, una vez presentes en la instalación
- Autoridades civiles o de seguridad, en caso de restricciones de movilidad
La decisión tendrá carácter preventivo y prioritario, siendo la seguridad el criterio principal.
3ª) Procedimiento previo al partido.
1.- La organización federativa evaluará la situación meteorológica y de desplazamientos hasta 24 horas antes del encuentro.
2.- Si se prevé riesgo significativo, la FBMCyL podrá suspender preventivamente el partido.
3.- La suspensión será comunicada oficialmente a: clubes implicados, árbitros y oficiales y comité correspondiente.
4.- La comunicación se realizará por los canales oficiales federativos.
4ª) Procedimiento en el día del partido.
1.- Si no existe suspensión previa, los equipos deberán priorizar la seguridad en los desplazamientos.
2.- En caso de que uno o ambos equipos, o el colectivo arbitral, no puedan llegar por causas justificadas relacionadas con la nevada deberá comunicarse de inmediato a la FBMCyL.
3.- Si el partido no puede disputarse por causas meteorológicas debidamente acreditadas, se considerará suspendido sin responsabilidad disciplinaria.
5ª) Suspensión en la instalación.
Si las condiciones empeoran una vez en el pabellón, el árbitro principal evaluará: estado de accesos; seguridad de la instalación y posible empeoramiento de la situación. Éste podrá decidir: el retraso del inicio o la suspensión definitiva del encuentro.
6ª) Reprogramación del encuentro.
- Todos los partidos suspendidos por nevada serán reprogramados por la FBMCyL.
- La nueva fecha se comunicará en el plazo máximo de 48–72 horas.
- El partido se disputará desde el inicio, manteniendo acta cerrada.
- No se impondrán sanciones deportivas ni económicas cuando la causa sea meteorológica y debidamente justificada.
7ª) Disposición final
Este protocolo tiene carácter excepcional y será de aplicación exclusiva para los partidos afectados por las nevadas previstas durante el presente fin de semana -días 24 y 25 de enero de 2026- en el ámbito territorial de Castilla y León.
La FBMCyL recuerda que la seguridad de todas las personas implicadas prevalece sobre cualquier consideración competitiva.


